Búsqueda de personas
Búsqueda de personas desaparecidas: qué cambia con MP-Tracker
Desde el 30 de agosto de 2026, una persona mayor de edad puede abrir gratis en MP-Tracker (personasdesaparecidas.com) el caso de un familiar desaparecido y recibir en el acto la modalidad probable de la desaparición, las zonas donde conviene buscar primero y un informe para llevar a la policía o a la fiscalía. Así, la familia cuenta antes de denunciar con una clasificación como la que recomienda desde 2020 el protocolo de la Fiscalía de Chile. La denuncia se presenta igual, de inmediato, y la búsqueda oficial continúa a cargo de las policías y del Ministerio Público.

MP-Tracker es el sistema de inteligencia previa a la búsqueda que desarrolló el Departamento de I+D+I del Instituto IDEF, y opera en su versión oficial desde el 1 de noviembre de 2026. Su funcionamiento completo está explicado en la página de MP-Tracker del instituto; aquí se revisa el efecto práctico para las familias, para quienes investigan y para quienes quieren dedicarse a esta área.
El punto de partida en Chile
En Chile se presentan casi 30.000 denuncias por presunta desgracia al año, según cifras de la Policía de Investigaciones citadas por El Dínamo en septiembre de 2026. El 93 % de las personas aparece en las primeras horas o pocos días después de la denuncia y el 7 % corresponde a extravíos prolongados. La PDI mantenía 350 casos vigentes, el más antiguo de 1994.
Desde noviembre de 2020, el Protocolo de actuación en materia de presuntas desgracias de la Fiscalía Nacional incorpora un método para clasificar cada desaparición según su causa probable: natural o médica, accidente, suicidio, participación de terceros o evasión. La nota 10 del anexo indica que esa clasificación está adaptada de MP-Tracker.
La Ley 21.500, publicada en octubre de 2022, dispone que cualquiera puede denunciar una desaparición sin que se exija un tiempo mínimo de espera, y crea un Sistema Interconectado de búsqueda administrado por Carabineros. En septiembre de 2026, según el mismo reportaje, el protocolo unificado de la ley seguía pendiente y el sistema interconectado no estaba en marcha.
Qué cambia para la familia
Antes de que MP-Tracker se abriera al público, la familia dependía de que la institución que recibía la denuncia clasificara el caso. Ahora puede obtener esa clasificación primero. Una persona mayor de edad e identificada abre el caso, responde un cuestionario guiado sobre la última vez que la persona fue vista, su rutina y sus antecedentes, y recibe en el acto la modalidad probable, las zonas de búsqueda y un informe Express. Si autoriza la difusión pública, recibe también una ficha con fotografías. El IDEF calcula entre quince y veinticinco minutos para completar el ingreso, y el servicio es gratuito para las familias.
Al abrir el caso, quien lo hace declara si ya presentó la denuncia oficial o si la está preparando. El informe sirve para ordenar esa denuncia o para complementarla, y el caso se puede actualizar cuando aparecen datos nuevos.
Los primeros pasos y los errores que conviene evitar están en otra guía del instituto: Cómo investigar a un desaparecido.
Qué cambia para quien investiga
El caso llega ordenado: una hipótesis principal y una alternativa, el último lugar donde la persona fue vista, hacia dónde se dirigía, su rutina y los lugares y personas de su entorno. Cada modalidad pide un método distinto. Si la hipótesis principal es la intervención de terceros, el caso pasa a ser de interés público y compromete la actuación inmediata del Estado. En las demás modalidades la búsqueda continúa con otros recursos.
El tiempo transcurrido también cambia el método. En las primeras horas pesa la búsqueda en terreno. A medida que pasan los días gana peso el análisis de personas de interés, sin suspender la búsqueda territorial. La urgencia de rescate baja con las horas y la prioridad de la investigación se mantiene; por eso el sistema se aplica también a causas antiguas o archivadas.
Las personas mencionadas en un caso se tratan como personas de interés. Calificar a alguien de sospechoso o de imputado le corresponde al Ministerio Público.
Un mismo expediente para tres roles
MP-Tracker reúne en un mismo expediente a la familia, al investigador y a la autoridad, cada uno con funciones distintas.
Deslice la tabla hacia el lado para ver todas las columnas.
| Rol | Qué hace | Qué no hace |
|---|---|---|
| Familia | Abre el caso, responde el protocolo y recibe el análisis, la orientación de búsqueda y el informe. | No reemplaza la denuncia oficial. |
| Investigador: perito MP-Tracker, egresado del Diplomado o policía entrenado en la metodología | Trabaja los casos que le designa la autoridad y los que abre él mismo, con registro pericial, control de veracidad y herramientas de corroboración. | No ve casos ajenos ni califica a nadie de sospechoso o imputado. |
| Autoridad | Designa investigador, habilita el expediente y supervisa el conjunto de los casos. | No investiga ni crea casos. |
Los roles profesionales se habilitan por invitación y verificación, nunca por autoasignación. Cada resultado queda sellado por el servidor con la hora en que se calculó, de modo que lo que consta en el expediente no depende del navegador de quien lo escribió.
Lo que sigue igual
- La denuncia se presenta de inmediato ante Carabineros, la Policía de Investigaciones o la fiscalía, o ante la policía del país donde ocurrió el hecho. El protocolo de la Fiscalía ordena acoger toda denuncia por presunta desgracia «de inmediato, sin esperar plazo alguno».
- La búsqueda oficial la conducen las policías y el Ministerio Público. MP-Tracker es una plataforma privada del Instituto IDEF: no forma parte del Sistema Interconectado de la Ley 21.500 ni actúa en representación de los órganos del Estado.
- La modalidad que entrega el sistema es una hipótesis de trabajo sujeta a revisión humana competente. No es una imputación ni un hecho probado.
- Los efectos jurídicos de un informe dependen de la legislación de cada jurisdicción.
- Ante una emergencia en Chile se llama a Carabineros (133) o a la Policía de Investigaciones (134); en otro país, al número de emergencias local.
Qué significa para quien quiere trabajar en esta área
La búsqueda de personas suma trabajo de análisis al trabajo de terreno. Quien investiga con este método necesita reconstruir rutinas, ordenar hipótesis con evidencia, entrevistar a una familia sin inducir respuestas y conocer el procedimiento policial y judicial del país donde trabaja.
En MP-Tracker pueden actuar como investigadores los peritos MP-Tracker, los egresados del Diplomado del Instituto IDEF y los policías entrenados en la metodología. La formación en el método está abierta a abogados, policías, rescatistas, psicólogos, peritos, integrantes de organizaciones de búsqueda y familiares; la habilitación como investigador dentro de la plataforma es un paso aparte, por invitación y verificación. Para el peritaje de casos de personas desaparecidas, el instituto ofrece además la Certificación Perito MP-Tracker.
Preguntas frecuentes
¿Hay que esperar 24 o 48 horas para denunciar una desaparición?
No. La Ley 21.500 dispone que la denuncia se recibe sin exigir un tiempo mínimo desde las últimas noticias de la persona (artículo 4), y el protocolo de la Fiscalía ordena acogerla de inmediato. MP-Tracker da la misma indicación: denunciar igual, aunque se use el sistema.
¿MP-Tracker reemplaza a la policía o a la fiscalía?
No. Es un apoyo previo a la denuncia formal y a la investigación oficial. Ordena los antecedentes y entrega un análisis que ayuda a preparar la denuncia o a complementarla.
¿Tiene costo para una familia?
No. El ingreso de familias es gratuito y el análisis es automático e inmediato.
¿Sirve para casos antiguos?
Sí. Se aplica a denuncias recientes, a investigaciones en curso y a causas archivadas o sin resolver, sin importar el tiempo transcurrido.
¿Se puede usar fuera de Chile?
Sí. El sistema identifica a las personas con su documento de identidad o pasaporte y el país que lo emite, y ajusta los avisos de emergencia al país del hecho. La denuncia se presenta ante la policía o la fiscalía de ese país, y los efectos jurídicos dependen de su legislación.
¿MP-Tracker es un sistema del Estado?
No. Es una plataforma privada del Instituto IDEF. La Fiscalía de Chile adaptó de MP-Tracker la clasificación de su protocolo, pero el sistema no forma parte del Sistema Interconectado de Búsqueda de Personas Desaparecidas que crea la Ley 21.500.
Formarse en búsqueda de personas. El Diplomado en Investigación y Búsqueda de Personas Extraviadas del Instituto IDEF enseña la metodología MP-Tracker y el modelo NASH-E/S en 150 horas en línea.
Fuentes
- Instituto IDEF, MP-Tracker: tecnología para investigar denuncias por presunta desgracia, consultada el 7 de noviembre de 2026.
- Instituto IDEF, Lanzamiento público de MP-Tracker: familia, investigador y autoridad en un mismo expediente, 5 de noviembre de 2026.
- MP-Tracker, personasdesaparecidas.com.
- Fiscalía Nacional, Ministerio Público de Chile. Protocolo de actuación en materia de presuntas desgracias, noviembre de 2020, páginas 9, 10 y 47 (nota 10 del anexo). Copia publicada por el Instituto IDEF.
- Chile. Ley 21.500, que regula el proceso unificado de búsqueda de personas desaparecidas y crea el sistema interconectado para estos efectos, artículo 4. Diario Oficial, 27 de octubre de 2022.
- El Dínamo, Las deudas de la Ley Extraviados, 11 de septiembre de 2026.